Ferry Nador - Sète

¡Volvemos a navegar!

ic_arrows_idayvuelta Terminos de la oferta

HORARIOS

​​​​​Sète - Nador: Consulta aquí

Nador - Sète: Consulta aquí

 

REQUISITOS PARA PODER EMBARCAR

Con el fin de poder cumplir con las medidas sanitarias y de seguridad requeridas por parte de las autoridades pertinentes, se establecen los siguientes requisitos de carácter OBLIGATORIO:

 PARA VIAJAR A MARRUECOS DESDE ESPAÑA 

Reanudamos las travesías entre los puertos del Reino de Marruecos con España y Francia.

Las condiciones sanitarias para entrar en Marruecos son:

  • Rellenar el formulario de salud que puede encontrarlo también a bordo del barco.
  • Certificado COVID-19 o resultado negativo de un test PCR de menos de 72 horas (entre el momento que la hacen y el embarque).

 

 PARA VIAJAR A FRANCIA DESDE NADOR

Reanudamos las travesías entre los puertos del Reino de Marruecos con España y Francia.

Les informamos de la reapertura de la linea Nador<>Séte el proximo domingo 17 de abril con salida desde el puerto marroqui de Nador a las 17H00 con destino Sète (Francia).

Las condiciones sanitarias para entrar a Francia son:

  • Viajeros vacunados: acreditación de pauta vacunal completa
  • Viajeros no vacunados: Resultado negativo de una prueba PCR con menos de 72 horas (entre el momento que la hacen y el embarque).

Más información detallada aquí 

 

PARA VIAJAR A ESPAÑA DESDE NADOR

Reanudamos las travesías entre los puertos del Reino de Marruecos con España y Francia.

Las condiciones sanitarias para entrar a España son:

Todos los pasajeros que lleguen a España por vía marítima deberán pertenecer a alguno de los grupos indicados en la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, de lo contrario les podrá ser denegada la entrada en España. 

 
a)Residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino que se dirijan a ese país, acreditándolo documentalmente.
b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a ese país.
c) Profesionales de la salud, incluidos investigadores sanitarios, y profesionales del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral.
d) Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
e) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
f) Estudiantes que realicen sus estudios en los Estados miembros o Estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado para estancia de larga duración, siempre que se dirijan al país donde cursan sus estudios, y que la entrada se produzca durante el curso académico o los 15 días previos. Si el destino es España y la duración de la estancia es de hasta 90 días, se deberá acreditar que los estudios se realizan en un centro de enseñanza autorizado en España, inscrito en el correspondiente registro administrativo, siguiendo durante esta fase un programa de tiempo completo y presencial, y que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
g) Trabajadores altamente cualificados cuya labor sea necesaria y no pueda ser pospuesta o realizada a distancia, incluyendo los participantes en pruebas deportivas de alto nivel que tengan lugar en España. Estas circunstancias se deberán justificar documentalmente.
h) Personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.
i) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios. 
k) Personas provistas de un certificado de vacunación o de recuperación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias.
 
Personas de 12 años o más y menores de 18 que presenten una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular-NAAT (RT-PCR o similar) del SARS-CoV-2 con resultado negativo realizada 72 horas antes de la llegada, previa comprobación por las autoridades sanitarias.
Requisitos sanitarios para pasar control sanitario en punto de entrada en España.
 
 
Adicionalmente a la llegada, los pasajeros podrán ser sometidos a un control sanitario en el primer punto de entrada que incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre su estado físico.
 
El control de temperatura se realizará de modo rutinario y esta deberá ser inferior a 37,5 °C.
 
Todas las personas que lleguen a España deberán disponer de alguno de los siguientes certificados:
 
a.    Certificado de vacunación: que confirme que el titular ha recibido una pauta completa de vacunación contra la COVID-19 valida. Este certificado será válido a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis de la pauta vacunal completa, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 270 días desde la fecha de administración de la última dosis de dicha pauta. En caso de superar los 270 días el certificado deberá reflejar la administración de una dosis de refuerzo, con excepción de los certificados de vacunación de las personas menores de 18 años que seguirán siendo válidos trascurridos los 270 días.
b.    Certificado de prueba diagnóstica: que confirme que el titular se ha realizado una prueba diagnóstica negativa. Ya sea por medio de pruebas de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la salida, o de un test de detección de antígenos incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígenos para COVID-19, obtenido dentro de las 24 horas anteriores a la salida.
c.    Certificado de recuperación: que confirme que, tras un resultado positivo de una prueba diagnóstica, el titular se ha recuperado de una infección por el SARS-CoV-2.  Serán válidos los certificados de recuperación expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT o test de detección de antígeno con resultado positivo, realizada por profesionales sanitarios o personal cualificado. El certificado tendrá una validez de 180 días después de la fecha del primer resultado positivo de prueba diagnóstica. Los test de detección de antígeno deberán estar incluidos en la lista común de test de detección de antígeno para COVID-19 y deberán haber sido realizados por profesionales sanitarios o por personal cualificado para la realización de pruebas.
 
El certificado de vacunación deberá incluir, al menos, la siguiente información:
1. Nombre y apellido del titular.
2. Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada.
3. Tipo o tipos de vacuna administrada.
4. Número de dosis administradas/pauta completa.
5. País emisor.
6. Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación.
 
El certificado de prueba diagnóstica deberá incluir, al menos, la siguiente información:
1. Nombre y apellido del titular.
2. Fecha de la toma de la muestra.
3. Tipo de test realizado.
4. País emisor.
 
El certificado de recuperación deberá incluir, al menos, la siguiente información:
1. Nombre y apellido del titular.
2. Fecha del primer resultado positivo de prueba diagnóstica para SARS-CoV-2.
3. Tipo de test realizado.
4. País emisor.
 

Información adicional:  Ver aquí todas las medidas sanitarias para la entrada a España. 

​​​​​

​​​

Informamos que el control de acceso al puerto de Nador se cierra: 
Furgonetas, 4 horas antes de la salida. 
Turismos, 2 horas antes de la salida. 

Recordamos que es imprescindible mostrar el pasaporte, ya que, como en cualquier travesía internacional, se realizará control de documentación.  Quien no cumpla con estos requisitos NO PODRÁ EMBARCAR.

 

MEDIDAS DE SEGURIDAD A BORDO

Desde Baleària hemos puesto en marcha una serie de medidas que garantizan la seguridad de nuestros pasajeros y tripulación. Algunas de estas medidas son el uso obligatorio de mascarillas durante todo el trayecto y poner a disposición gel hidroalcohólico. Estas medidas nos han permitido obtener la etiqueta Global Safe Site Covid-19 por parte de la entidad de certificación e inspección internacional Bureau Veritas, en el máximo grado, Excellence. Conoce todas las medidas aquí.

 

CONTACTO

Si quieres realizar alguna consulta relacionada con este trayecto Nador (Marruecos) - Sète (Francia) puedes llamar a los siguientes números de teléfono según sea tu origen.

Si estás en Francia: +33 (0) 8 20 93 36 71

Si estás en Marruecos: +212 (0) 520426070